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Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida

¿Qué es la Tarjeta de Estacionamiento?

La Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida es un documento acreditativo del derecho de las personas con discapacidad que presentan movilidad reducida para estacionar su vehículo lo más cerca posible de su destino. Se trata de un documento personal e intransferible que puede ser utilizado por su titular en cualquier vehículo en el que se desplace, ya sea como conductor o como pasajero.

Esta tarjeta está reconocida en todos los países de la Unión Europea, lo que permite a sus titulares disfrutar de las facilidades de estacionamiento relacionadas con la misma en cualquier Estado miembro, siempre que estén utilizando el vehículo conforme a las normas del país en el que se encuentren.

Marco Normativo

La regulación de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad en España se rige por:

Requisitos para Obtener la Tarjeta

Pueden ser titulares de la tarjeta de estacionamiento las personas físicas que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  1. Personas con discapacidad con movilidad reducida:
    • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    • Presentar movilidad reducida, conforme al Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre.
    • El dictamen relativo a la movilidad debe ser emitido por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.
  2. Personas con discapacidad visual:
    • Tener una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos.
    • Estar en posesión de la tarjeta de afiliado a la ONCE.
  3. Personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad:
    • Deben contar con la autorización especial de transporte correspondiente.
    • Prestar servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia.
  4. Tarjetas provisionales:
    • Por razones humanitarias, excepcionalmente, se concederán tarjetas de estacionamiento provisionales por razones humanitarias a personas que presenten movilidad reducida, aunque esta no haya sido dictaminada oficialmente.
    • Estas tarjetas tendrán una duración máxima de un año, pudiendo prorrogarse por un período igual, siempre que se mantengan las condiciones iniciales requeridas para su otorgamiento.

Procedimiento de Solicitud

El procedimiento para solicitar la tarjeta de estacionamiento varía según la comunidad autónoma y el municipio, pero generalmente sigue estos pasos:

  1. Solicitud: La solicitud debe presentarse en el ayuntamiento del municipio de residencia de la persona interesada.
  2. Documentación necesaria:
    • Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.
    • Documento Nacional de Identidad (DNI) o NIE.
    • Certificado de empadronamiento.
    • Dos fotografías tamaño carné (32 x 26 mm).
    • Certificado de discapacidad que acredite la movilidad reducida o la discapacidad visual.
    • En caso de renovación, la tarjeta anterior.
    • Para tarjetas provisionales, informe médico que acredite la movilidad reducida, aunque sea temporal.
  3. Tramitación: El ayuntamiento verificará la documentación y, si es necesario, solicitará informes adicionales.
  4. Resolución: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
  5. Expedición: Una vez aprobada, el ayuntamiento expedirá la tarjeta de estacionamiento.

Características de la Tarjeta

La tarjeta de estacionamiento tiene las siguientes características:

Derechos que Otorga

La tarjeta de estacionamiento otorga a su titular los siguientes derechos:

  1. Estacionamiento en plazas reservadas: Derecho a estacionar en las plazas de aparcamiento reservadas para personas con movilidad reducida.
  2. Estacionamiento en zonas de tiempo limitado: Derecho a estacionar en las zonas de estacionamiento con horario limitado (zona azul, verde, etc.) durante el tiempo necesario, sin estar sujeto a la limitación horaria establecida.
  3. Parada o estacionamiento en zonas reservadas para carga y descarga: En los casos en que sea necesario, se permite la parada o estacionamiento en estas zonas, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico.
  4. Parada en cualquier lugar de la vía pública: Por el tiempo imprescindible y siempre que no se entorpezca la circulación de vehículos o peatones.
  5. Acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes: Siempre que el destino se encuentre en el interior de esa zona.
  6. Estacionamiento en lugares no permitidos: En casos de necesidad, se permite el estacionamiento en lugares donde normalmente no está permitido, siempre que no se obstaculice gravemente el tráfico y no suponga un riesgo para la circulación.

Estos derechos están sujetos a las ordenanzas municipales y a la señalización existente en cada localidad.

Obligaciones del Titular

El titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado a:

Renovación y Cancelación

Renovación

La renovación de la tarjeta de estacionamiento debe solicitarse con al menos tres meses de antelación a la fecha de caducidad. Para la renovación se seguirá el mismo procedimiento que para la concesión inicial, siendo necesario presentar:

Cancelación

La tarjeta de estacionamiento puede ser cancelada o suspendida por las siguientes causas:

La cancelación o suspensión implica la obligación de devolver la tarjeta al organismo que la expidió.

Sanciones por Uso Indebido

El uso indebido de la tarjeta de estacionamiento puede dar lugar a:

Estadísticas y Datos de Interés

Según los datos más recientes disponibles:

Recursos y Enlaces de Interés

Preguntas Frecuentes

¿Puedo utilizar la tarjeta en cualquier vehículo?

Sí, la tarjeta es personal e intransferible, pero puede utilizarse en cualquier vehículo en el que viaje el titular, ya sea como conductor o como pasajero.

¿La tarjeta es válida en otros países?

Sí, la tarjeta de estacionamiento española es válida en todos los países de la Unión Europea, aunque las condiciones específicas de uso pueden variar según la normativa local de cada país.

¿Qué hago si me deniegan la tarjeta?

Si la solicitud es denegada, se puede presentar un recurso de alzada ante el órgano competente en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución.

¿Qué ocurre si pierdo o me roban la tarjeta?

En caso de pérdida o robo, debe denunciarse el hecho ante la policía y solicitar un duplicado en el ayuntamiento correspondiente, aportando la denuncia.

¿Puedo aparcar en cualquier plaza reservada para personas con discapacidad?

Sí, la tarjeta permite aparcar en cualquier plaza reservada para personas con discapacidad, tanto en su municipio como en cualquier otro de España o de la Unión Europea.

¿Tengo que pagar en las zonas de estacionamiento regulado (zona azul, verde, etc.)?

En general, la tarjeta exime del pago en las zonas de estacionamiento regulado, pero esto puede variar según las ordenanzas municipales de cada localidad.

¿Puedo solicitar una plaza de aparcamiento reservada cerca de mi domicilio o lugar de trabajo?

Sí, los titulares de la tarjeta pueden solicitar al ayuntamiento la reserva de una plaza de aparcamiento cerca de su domicilio o lugar de trabajo. La concesión dependerá de las ordenanzas municipales y de la disponibilidad de espacio.