Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida
¿Qué es la Tarjeta de Estacionamiento?
La Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida es un documento acreditativo del derecho de las personas con discapacidad que presentan movilidad reducida para estacionar su vehículo lo más cerca posible de su destino. Se trata de un documento personal e intransferible que puede ser utilizado por su titular en cualquier vehículo en el que se desplace, ya sea como conductor o como pasajero.
Esta tarjeta está reconocida en todos los países de la Unión Europea, lo que permite a sus titulares disfrutar de las facilidades de estacionamiento relacionadas con la misma en cualquier Estado miembro, siempre que estén utilizando el vehículo conforme a las normas del país en el que se encuentren.
Marco Normativo
La regulación de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad en España se rige por:
- Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
- Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
- Normativas autonómicas y ordenanzas municipales específicas que pueden complementar la regulación estatal.
Requisitos para Obtener la Tarjeta
Pueden ser titulares de la tarjeta de estacionamiento las personas físicas que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- Personas con discapacidad con movilidad reducida:
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Presentar movilidad reducida, conforme al Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre.
- El dictamen relativo a la movilidad debe ser emitido por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.
- Personas con discapacidad visual:
- Tener una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos.
- Estar en posesión de la tarjeta de afiliado a la ONCE.
- Personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad:
- Deben contar con la autorización especial de transporte correspondiente.
- Prestar servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia.
- Tarjetas provisionales:
- Por razones humanitarias, excepcionalmente, se concederán tarjetas de estacionamiento provisionales por razones humanitarias a personas que presenten movilidad reducida, aunque esta no haya sido dictaminada oficialmente.
- Estas tarjetas tendrán una duración máxima de un año, pudiendo prorrogarse por un período igual, siempre que se mantengan las condiciones iniciales requeridas para su otorgamiento.
Procedimiento de Solicitud
El procedimiento para solicitar la tarjeta de estacionamiento varía según la comunidad autónoma y el municipio, pero generalmente sigue estos pasos:
- Solicitud: La solicitud debe presentarse en el ayuntamiento del municipio de residencia de la persona interesada.
- Documentación necesaria:
- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o NIE.
- Certificado de empadronamiento.
- Dos fotografías tamaño carné (32 x 26 mm).
- Certificado de discapacidad que acredite la movilidad reducida o la discapacidad visual.
- En caso de renovación, la tarjeta anterior.
- Para tarjetas provisionales, informe médico que acredite la movilidad reducida, aunque sea temporal.
- Tramitación: El ayuntamiento verificará la documentación y, si es necesario, solicitará informes adicionales.
- Resolución: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
- Expedición: Una vez aprobada, el ayuntamiento expedirá la tarjeta de estacionamiento.
Características de la Tarjeta
La tarjeta de estacionamiento tiene las siguientes características:
- Dimensiones: 106 mm de altura y 148 mm de anchura.
- Color: Azul claro, con el símbolo internacional de accesibilidad (persona en silla de ruedas en blanco sobre fondo azul).
- Contenido:
- Nombre y apellidos del titular.
- Fotografía del titular.
- Firma del titular (excepto si es menor o está incapacitado).
- Fecha de caducidad.
- Número de la tarjeta.
- Nombre y sello de la autoridad expedidora.
- Validez: La tarjeta tiene una validez de 10 años para personas con discapacidad permanente. En caso de discapacidad temporal, la validez estará limitada al tiempo estimado de dicha discapacidad.
Derechos que Otorga
La tarjeta de estacionamiento otorga a su titular los siguientes derechos:
- Estacionamiento en plazas reservadas: Derecho a estacionar en las plazas de aparcamiento reservadas para personas con movilidad reducida.
- Estacionamiento en zonas de tiempo limitado: Derecho a estacionar en las zonas de estacionamiento con horario limitado (zona azul, verde, etc.) durante el tiempo necesario, sin estar sujeto a la limitación horaria establecida.
- Parada o estacionamiento en zonas reservadas para carga y descarga: En los casos en que sea necesario, se permite la parada o estacionamiento en estas zonas, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico.
- Parada en cualquier lugar de la vía pública: Por el tiempo imprescindible y siempre que no se entorpezca la circulación de vehículos o peatones.
- Acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes: Siempre que el destino se encuentre en el interior de esa zona.
- Estacionamiento en lugares no permitidos: En casos de necesidad, se permite el estacionamiento en lugares donde normalmente no está permitido, siempre que no se obstaculice gravemente el tráfico y no suponga un riesgo para la circulación.
Estos derechos están sujetos a las ordenanzas municipales y a la señalización existente en cada localidad.
Obligaciones del Titular
El titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado a:
- Colocar la tarjeta original en el salpicadero del vehículo o adherirla al parabrisas delantero por el interior, de forma que su anverso sea legible desde el exterior.
- Identificarse cuando así lo requiera un agente de la autoridad.
- Colaborar con los agentes de la autoridad para evitar los problemas de tráfico que pudieran ocasionar al ejercer los derechos que les confiere la utilización de la tarjeta.
- Devolver la tarjeta caducada en el momento de la renovación o al término de su vigencia.
- Comunicar cualquier variación en los requisitos exigidos para la concesión de la tarjeta.
- No hacer uso de la tarjeta cuando el titular no viaje en el vehículo.
Renovación y Cancelación
Renovación
La renovación de la tarjeta de estacionamiento debe solicitarse con al menos tres meses de antelación a la fecha de caducidad. Para la renovación se seguirá el mismo procedimiento que para la concesión inicial, siendo necesario presentar:
- Solicitud de renovación.
- Tarjeta caducada o próxima a caducar.
- Certificado de discapacidad con dictamen de movilidad reducida (si ha habido variación en las circunstancias).
- Dos fotografías tamaño carné actualizadas.
Cancelación
La tarjeta de estacionamiento puede ser cancelada o suspendida por las siguientes causas:
- Uso fraudulento de la tarjeta.
- Utilización por persona distinta al titular.
- Copia o falsificación de la tarjeta.
- Incumplimiento de las condiciones de uso.
- Fallecimiento del titular.
- Pérdida de los requisitos que dieron lugar a su concesión.
La cancelación o suspensión implica la obligación de devolver la tarjeta al organismo que la expidió.
Sanciones por Uso Indebido
El uso indebido de la tarjeta de estacionamiento puede dar lugar a:
- Sanciones administrativas: Multas que pueden oscilar entre los 200 y 500 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción y de la ordenanza municipal correspondiente.
- Retirada temporal de la tarjeta: Por un periodo de 1 a 6 meses.
- Cancelación definitiva: En casos de reincidencia o infracciones muy graves.
- Sanciones penales: En casos de falsificación o uso fraudulento, pueden aplicarse las sanciones previstas en el Código Penal para los delitos de falsedad documental.
Estadísticas y Datos de Interés
Según los datos más recientes disponibles:
- En España hay más de 1 millón de tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad reducida en circulación.
- Aproximadamente el 3,5% de la población española tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, pero no todos presentan movilidad reducida.
- Las comunidades autónomas con mayor número de tarjetas expedidas son Andalucía, Cataluña y Madrid.
- Se estima que entre un 10% y un 15% de las tarjetas en circulación se utilizan de forma fraudulenta.
- El número de plazas de aparcamiento reservadas ha aumentado significativamente en los últimos años, aunque sigue siendo insuficiente en muchas localidades.
Recursos y Enlaces de Interés
Preguntas Frecuentes
¿Puedo utilizar la tarjeta en cualquier vehículo?
Sí, la tarjeta es personal e intransferible, pero puede utilizarse en cualquier vehículo en el que viaje el titular, ya sea como conductor o como pasajero.
¿La tarjeta es válida en otros países?
Sí, la tarjeta de estacionamiento española es válida en todos los países de la Unión Europea, aunque las condiciones específicas de uso pueden variar según la normativa local de cada país.
¿Qué hago si me deniegan la tarjeta?
Si la solicitud es denegada, se puede presentar un recurso de alzada ante el órgano competente en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución.
¿Qué ocurre si pierdo o me roban la tarjeta?
En caso de pérdida o robo, debe denunciarse el hecho ante la policía y solicitar un duplicado en el ayuntamiento correspondiente, aportando la denuncia.
¿Puedo aparcar en cualquier plaza reservada para personas con discapacidad?
Sí, la tarjeta permite aparcar en cualquier plaza reservada para personas con discapacidad, tanto en su municipio como en cualquier otro de España o de la Unión Europea.
¿Tengo que pagar en las zonas de estacionamiento regulado (zona azul, verde, etc.)?
En general, la tarjeta exime del pago en las zonas de estacionamiento regulado, pero esto puede variar según las ordenanzas municipales de cada localidad.
¿Puedo solicitar una plaza de aparcamiento reservada cerca de mi domicilio o lugar de trabajo?
Sí, los titulares de la tarjeta pueden solicitar al ayuntamiento la reserva de una plaza de aparcamiento cerca de su domicilio o lugar de trabajo. La concesión dependerá de las ordenanzas municipales y de la disponibilidad de espacio.